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Conoce más sobre la nueva Ley Borrón y Cuenta nueva
Aprende en qué consiste la Ley y cómo puedes acogerte a ella.

¿En qué consiste la Ley de borrón y cuenta nueva?

La ley de borrón y cuenta nueva tiene como objetivo generar incentivos para que los clientes se acojan a al régimen de transición allí descrito (amnistías), mediante el pago de las obligaciones que se encuentren en mora. Lo anterior, les permitirá cambiar su reporte negativo en las centrales de riesgo.   Esta ley modifica y adiciona la Ley 1266 de 2008 de Habeas Data.

¿Cuándo entró en vigencia la Ley de borrón y cuenta nueva y a quiénes aplica?

Su vigencia inició el 29 de octubre de 2021 y a partir de esta fecha, los clientes cuentan con un plazo de 1 año para acogerse a ella.

La Ley aplica a todos los clientes que pongan al día o que paguen la totalidad de sus obligaciones en mora.

¿Qué es el régimen de transición?

Es un periodo especial de 1 año que inicia a partir del 29 de octubre de 2021 y termina el 29 de octubre de 2022. En dicho periodo se actualizarán los reportes negativos en las centrales de riesgos, de aquellos clientes que pongan al día o paguen la totalidad de sus obligaciones en mora. El reporte negativo será actualizado de manera inmediata o en un tiempo máximo de 6 meses.

Si estoy en mora y pongo al día mi obligación, ¿mi reporte negativo es eliminado de inmediato?

En el régimen de transición el reporte negativo permanecerá por el mismo tiempo en el que estuviste en mora y máximo por 6 meses.

Sin embargo, el reporte en centrales de riesgo será actualizado de inmediato para las personas que se pongan al día o paguen la totalidad de sus obligaciones y se encuentren en alguno de los siguientes grupos: Mipyme, sector turismo, pequeño productor del sector agropecuario o de persona natural que ejerce actividad comercial o independiente.

¿Qué pasa si me pongo al día o realizo el pago total de la obligación luego de finalizar el régimen de transición?

El reporte negativo permanecerá por el doble del tiempo que estuviste en mora y hasta por 4 años. Por eso es importante aprovechar este periodo para ponerte al día.

Consulta aquí el resumen de la Ley de borrón y cuenta nueva, en especial del régimen de transición.

¿Qué debo hacer para que eliminen mi reporte negativo si fui víctima de suplantación?

Debes presentar una solicitud formal a la entidad donde está la obligación, adjuntando los documentos que soporten la suplantación. La entidad tendrá 10 días para comparar los documentos que presentaste en la reclamación de suplantación con los documentos utilizados para adquirir dicha obligación.

¿Dónde puedo presentar una queja o solicitud?

Presenta tus quejas o solicitudes en los canales de atención al cliente disponibles de la entidad financiera donde tienes tus productos.

Si estás al día, las centrales de información realizarán la actualización de los datos directamente acorde a la información reportada por las entidades, por lo tanto, no requieres presentar solicitud para que actualicen tus datos luego del pago.

¿Qué pasa si no me responden una petición o reclamo sobre los lineamientos de la Ley?

Las entidades tendrán 15 días hábiles para responder las solicitudes de los clientes, los cuales serán prorrogables por 8 días más. Si en ese tiempo no recibes respuesta, se entenderá que tu solicitud ha sido aceptada.

¿Si debo menos del 15% de un SMMLV me pueden hacer reporte negativo?

Sí, pero la entidad deberá enviarte dos (2) comunicaciones con anterioridad, en días diferentes para que tengas la oportunidad de poner al día tu obligación. Si sigues en mora después de 20 días calendario desde la última comunicación,  se realizará el reporte negativo.

¿Cuánto tiempo permanecen los reportes en centrales de información?

Los datos positivos permanecen indefinidamente. Si te pones al día o pagas la totalidad de tu obligación, el reporte negativo estará por el doble de la mora, máximo 4 años, o el tiempo del Régimen de Transición.

Ten en cuenta que el dato negativo y aquellos datos relacionados con el tiempo de mora, tipo de cobro, estado de la cartera y, en general, los referentes a una situación de incumplimiento de obligaciones caducarán una vez cumplido el término de 8 años. Esto quiere decir que cumplido ese término los datos deberán ser eliminados de la base de datos.

¿Si estoy en mora, me deben eliminar el reporte negativo?

No. Solamente podrás acceder a los beneficios de la Ley de borrón y cuenta nueva si pones al día o pagas la totalidad de tu obligación.

¿La consulta de mi historial de crédito tiene algún costo?

No. Las consultas realizadas por parte del titular de la información financiera, crediticia, comercial y de servicios y proveniente de terceros, es gratuita independientemente del medio por el cual se realice la consulta.